Microempresa / Autoempresa

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En 2009 se creó en Francia el régimen de autónomos, con dos grandes ventajas:

  • pago de las cotizaciones a la seguridad social únicamente en caso de volumen de negocios,
  • cálculo simplificado de impuestos y contribuciones, como porcentaje de la facturación.

Su objetivo era simplificar la vida de los propietarios de pequeñas empresas o fomentar el ejercicio de una actividad secundaria. Por este motivo, las empresas afectadas no deben superar los límites de volumen de negocios determinados por su tipo de actividad.

Muy simple al principio, la administración francesa lo ha ido complicando poco a poco, siguiendo la propensión en la que sobresale, añadiendo a lo largo de los años una lluvia de impuestos y condiciones derogatorias…

Más información sobre el régimen de microempresas: en el sitio web de la CCI y en el sitio web de la administración.

Gestan permite calcular las cotizaciones sociales de los microempresarios y autónomos (los dos regímenes se fusionaron en 2016) y registrar el pago de las cotizaciones.

Al iniciar Gestan, si ha elegido “plan microempresa”, esta configuración se implementa automáticamente. Sin embargo, aquí están los puntos a comprobar:

  • en la configuración general, el tipo de uso debe ser Micro/Autoempresa, y la casilla Asunto sin IVA debe estar marcada ( la redacción de no imponibilidad puede ser: IVA no aplicable - art 293 bis del CGI) si este es el caso.
  • el tipo de IVA predeterminado debe ser cero.
  • en la configuración contable, se deben definir las clases de producto y de carga (6 y 7 respectivamente en Francia).
  • las imputaciones deben incluir las necesarias para registrar sus recibos (una por tipo de cargo (por ejemplo, recibos Comerciales, Presta Self-enterprise y Profesionales; al menos dos imputaciones son necesarias para una actividad mixta (comercial/servicios), una sola sería suficiente para un negocio autónomo de un solo tipo (ya sea comercial o de servicios), así como una asignación de cargos para la URSSAF.

Acceso: Herramientas→Configuración de aplicaciones→Configuración de contabilidad→Configuración de microempresas

Debes configurar las imputaciones que deben tenerse en cuenta como ingresos, ya sea para la actividad comercial o para la actividad de servicios (o liberal).

Esta configuración se realiza con la pantalla siguiente.

Comience especificando su tipo de negocio propio, aquí un negocio mixto/negocio de servicios.

Luego se indican las imputaciones que deben considerarse ingresos comerciales o de servicios (o liberales, según el caso). Aquí, para esta actividad mixta, hemos designado la imputación “Venta de productos terminados”, vinculada a la cuenta plan 701, mientras que para la actividad de servicios, es la imputación “Venta de servicios”, vinculada a la cuenta 706.

Finalmente, especifique en qué imputación se registran los asientos tributarios correspondientes, aquí “URSSAF.

Acceso: Contabilidad → Aportes Microempresariales

Comience ingresando las tasas de contribución y los límites de CA. Cambian con mucha regularidad y puedes encontrar estos elementos en el portal de la URSSAF sobre empresas autónomas (http://www.lautoentrepreneur.fr). Se memorizarán para el siguiente cálculo.

El combo Método de pago te permite indicar la frecuencia de tus pagos. Dependiendo de esta elección, se muestran las fechas de inicio y finalización del período de referencia. Y el botón Calcular le permite calcular el monto de las contribuciones adeudadas para el período.

Luego seleccione el período de cálculo y luego use el botón Calcular.

El botón Guardar permite registrar en contabilidad el desembolso del aporte correspondiente al cálculo.

El principio de cálculo es el siguiente:

  • Gestan explora todos los asientos contables del período.
  • Para cada entrada que debe considerarse un ingreso de la empresa (es decir, declararse como tal en la configuración):
    • si está desglosado, los importes del comercio/servicio se calculan a partir de las asignaciones del desglose.
    • si no está desglosado ni vinculado a documento, el importe se imputa a comercio o servicio en función de la imputación del asiento
    • si no está desglosado sino vinculado a un documento (factura de cliente o crédito de cliente), el monto de la entrada se asigna al comercio/servicio de acuerdo con el prorrateo del comercio/servicio deducido de las familias de productos de la parte considerada (las familias del tipo “Suministros” se consideran comercio, todas las demás se consideran servicios).

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  • Dernière modification : 2025/06/24 21:15
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